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Recibo por Honorarios |
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15 de Septiembre, 2007
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Portal Contable |
¿En qué casos deben emitirse los Recibos por Honorarios? Por la prestación de servicios a través del ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Por ejemplo los médicos, abogados, contadores, periodistas, artistas, modelos, gasfiteros, electricistas y por cualquier otro servicio que genere rentas de Cuarta Categoría, excepto los ingresos por albaceas, síndicos, gestores de negocios, mandatarios y regidores municipales. La obligación de emitir el Recibo por Honorarios rige aún cuando el servicio sea gratuito. ¿ Cuándo debe entregarse el Recibo por Honorarios ? En el momento en que se perciba la retribución y por el monto de la misma. ¿ Se debe consignar la retención efectuada en el Recibo por Honorarios?
Sí, debe consignarse el monto discriminado de las retención que afecten dicha operación (Impuesto a la Renta : 10 %) y que será realizada por quien utiliza el servicio. ¿Estos comprobantes tienen efectos tributarios ?
Pueden ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago. http://www.sunat.gob.pe/orientacion/comprobantesPago/index.html |
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publicado por
rfelipem a las 12:25 · 405 Comentarios
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quisiera que por favor me manden todo lo conserniente a las obligaciones por recibos por honorarios
la persona que utiliza el servicio y hace las retenciones por un recibo, se verá afectado con algún impuesto...y en el caso que la persona que da el servicio haga uso de sus recibos para un crédito bancario esto afectará a la persona que utilice el servicio y haga la retención.
ejemplo de boleta y recibos por honorarios con sus respectivas partes
Hola Carmen:
Solo el titular del recibo es el responsable ante la entidad financiera.
Saludos
Me gustaria saber sobre casos practicos y sencillos sobre contabilidad de costos o un link donde pueda desarrollarlo. gracias
me gustaria que me informes más sobre el recibo por honorario
cual es el concepto o como se define un recibo por honorario
como se conseptua en recibo pot honorarion y quienes lo manejan y para q sirbe
Hola:Mi consulta es la siguiente: Yo he emitido recibo por honorarios durante 10 meses y luego deje de hacerlo y nunca declare nada,¿que obligaciones tengo que cumplir para volver a emtir?lo hice solamente entre el año 2004 y 2005.
gracias.
Clara
¿cuanto puedo percibir en un año y puedo recibir a través de una sola boleta por todo el monto?
saber sobre los recibos de honorarios
quisiera q por favor me mandaran informacion sobre lo que tengo que hacer como declaracion de renta, en mi caso emito recibos por honorarios pero no hago retencion de renta, tengo q declarar en el pdt? x favor gracias
BUENOS DIAS AMIGO, NO ME VAN A CREER, SABES ME OLVIDE EL ASIENTO DE RECIBOS POR HONORARIOS NO RECUERDO HABER SI ALGUNA PERSONA PODRIA HACER RECORDAR, TENGO. TOTAL HONORARIOS 600 RETENCIO 10 60 TOTAL RECIBIDO 540
AHORA NO RECUERDO COMO ES EL ASIENTO SI 600 SE ABONA O SE CARGA OK.GRCIAS
Hola amigo Bondy:
TOTAL HONORARIOS 600 Abono 42 RETENCIO 10 60 Cargo 40 TOTAL RECIBIDO 540 Cargo 63
Slds
NECESITO UN MODELO DE RECIBO PARA COBRAR IMPUESTOS DE CLIENTES Y HONORARIOS.GRACIAS
El recibo de honorario en que registro o libro se debe anotar; si no se declara un recibo en el PDT 621 a pesar de no haber retencion se pierde el gasto, es reparable por ultimo si se hace rectificatoria existe alguna multa.
hola mis recibos de honorarios no los utilizo desde el año 96 ¿quisiera saber si podria utilizarlos en estos momentos sin ningun inconveniente o tendria que hacer alguna modificacion? gracias
SI YO GIRO RECIBOS X HONORARIOS Y TRABAJO 12 HRS DIARIAS TENGO EL BENEFICIO DE SER ASEGURADA , GRACIAS X SU RESPUESTA
he emitido mas de 10 recibos por honorarios y nunca he declarado, que debo o que requisitos debo seguir.y cuando debo declarar en este año
si emito recibos en una determinada cantidad meses a una sola empresa que beneficios podria recibir o debo hacer
Hola José:
No recibes más beneficios que la paga por tus servicios, lamentablemente en el ámbito laboral, estamos totalmente desprotegidos.
Slds
Hola Carmen: Lamentablemente, los que trabajan por servicios no personales, es decir no se encuentran en planilla y emiten recibos, no gozan de ningún beneficio, estamos tan desprotegidos ante el empleador, producto de la mala política laboral
Buenas tardes deseo consultar yo trabaje 2 años en un Centro Educativo pues me pagaban por recibos por honorarios, mi pregunta es meresco liquidadcion? ya que me dijeron que habia cambiado la ley y eso si merece por la cantidada del tiempo pasado los 6 meses ya meresco liquidacion. por favor asesorenme para ver esa situación. gracias.
Hola amiga Patricia:
Cuando te reclutaron como profesora firmaste un contrato, en él se hace mención el tiempo de duración del contrato, si al finalizar el contrato ya no requieren de tus servicios solo te pagan lo que te corresponde por sueldo (El pago que te hacen por recibo), pero, si cancelan la prestación de tus servicios antes del cumplimiento del tiempo del contrato (sin motivo grave aparente) deben pagarte la totalidad del tiempo que debiste laborar. Es decir si te contrataron por un año y te sacan antes, deben pagarte por todo el año, pero si finalizas el año y terminas el contrato y no requieren de tu servicio, no se recibe ninguna liquidación.
Slds
Hola,quisiera saber hasta cuanto se puede dinero se puede girar en un mes y si me paso ese monto cual es la pena que hay que pagar....gracias
quisira cambiar mi suspencion de 4ta categoria
Tengo 1 a;o y 1 mes trabajando en la empresa al principio me pagaron con recibo de nomina, despues me lo cambiaron a honorarios, pero en ningun caso tuve nunca IMMS, ahora no me quieren liquidar porq no quiero hacer ciertas cosas que nos estan dentro de mi trabajo, la pregutna es me toca algo de liquidacion o no? ya q solo tengo comprobantes de nomina de medio aÑo,? en el principio me cambiaron de empresa, a otra q es del mismo dueÑo, pero me dijeron q la antiguedad iba a seguir y no me la estan aceptando ahorita, ya que fue de palabra y no me firmaron nada.. q hago???
buenas tardes, tengo un R.Honorarios, de S/300 con una retencion de S/30, ¿Tengo q anular este recibo y pedirle q lo canjeen por otro,ya q solo es a partir de S/1500 para arriba.gracia por su respuesta,ya q solo se pago 270, qhago con los S/30 , SE PAGA AL bco.
Hola Paola:
Lo máximo que puedes emitir por boleta es 1,500 para que no te retengan el impuesto y mensualmente no puedes pasar de 2,552, para ello presentas tu solicitud de suspensión de retenciones de rentas de 4ta categoría. Si has emitido por 300 soles no deberían de haberte hecho ninguna retención, puedes anular el recibo y emitir otro recibo, reclama que no están procediendo de acuerdo a ley.
mis recibos por honorarios no emito hace 2 años atraz y las emitidas nunca declare ni me retuvieron el 10% tendre qalgun problema si comienza a emitirlas este año
hola mi consulta es la sgte: la empresa en donde laboro en el area de contabilidad, se han ralizado trabajos en el mes de febrero, cuyos pagos se han realizado de manera adelantada sustentado con recibos de egreso de caja, pero cuando se culmino el trabajo nos emitieron recibos por honorarios por un monto de 4000, cuya fecha de emisio fueron 29 febrero pero cancelados en el 01-03-08, puedo declararlos en el pdt igv renta
cuando gano 1800 cuanto me retienen
quisiera saber cuanto es el monto que se puede pagar al mes en una empresa ..
Hola Sara, tienes que especificar más tu pregunta, la espero un abrazo
Hola Haydee, la retención es del 10% del importe por los honorarios es decir de 1,800 soles será 180 soles.
Mi consulta es la siguiente: He sido despedido de forma arbitraria de una empresa, con la cual no formalice ningún contrato, pero estuve bajo las ordenes de una persona con opruebas y todo asimismo tenía un horario de trabajo establecido a pesar de no existri ningún contrato. Ante todo esto tengo derecho de recibir alguna indemnización aún permaneciendo 10 meses en esta empresa???
TENGO UNA PREGUNTA ESTOY TRABAJANDO HACE 5 MESES PERO DESPUESNDE ESOS 5 MESES RECIEN TENGO MIS RECIBOS POR HONORARIOS QUIERO SABER SI MI EMPLEADOR PUEDE EMITIR LOS RECIBOS ANTERIORES
Hola Eliza: No entiendo, si no tenías tus recibos por honorarios, como te pagaba el empleador, ojo, que los recibos los emites tú no tu empleador, haber si concretas mejor tu pregunta amiga
hola quisiera saber cual es la diferencia entre un recibo de sueldo y un recibo por honorarios y si con el recibo por honorarios puedo sacar un credito en el banco como lo haría con el recibo de sueldo.
muchas gracias
Hola Marianela, la diferencia es que un recibo por honorarios lo emites tu, por un servicio prestado a una persona o empresa de manera independiente (Trabajador independiente), por otro lado, la boleta de pago o recibo de sueldo como lo llamas, lo emite la empresa para quien trabajas, para ello tienes que estar en la planilla de la misma (Trabajador dependiente). Con respecto al crédito, ya depende de cada entidad financiera, aunque por experiencia te puedo decir que con recibos por honorarios también puedes sacar un crédito, depende de la frecuencia y los importes por los que emites, ah, te pedirán también el contrato de servicios.
Slds
HOLA, MI DUDA ES LA SIG: ESTOY REGISTRADA COMO ASALARIADA PERO EN EL TRABAJO QUE VOY A INGRESAR ME PIDEN EXPEDIR RECIBOS POR HONORARIOS ES NECESARIOMODIFICAR EL RFC AUNQUE SOLO SEA UN EMPLEO TEMPORAL Y CUALES SON LOS IMPUESTOS Y RETENCIONES QUE TENGO QUE PAGAR.
Buenas!, quisiera saber por favor, si el tener recibos por honorarios se puede obtener o calificar para una tarjeta de crédito; y por otro lado al momento de registrar la actividad para el RUC,es posible colocar en la misma ficha 2 rubros diferentes?, por ej. recibos por honorario profesional para terápias y otro para preparador físico o entrenador personal, gracias.
Buenas!, quisiera saber por favor, si el tener recibos por honorarios se puede obtener o calificar para una tarjeta de crédito; y por otro lado al momento de registrar la actividad para el RUC,es posible colocar en la misma ficha 2 rubros diferentes?, por ej. recibos por honorario profesional para terápias y otro para preparador físico o entrenador personal, gracias.
Que tal:
Trabaje para una empres durante 5 años por honorarios profesionales, cumpliendo con un horario de 9 am a 6 pm de lunes a viernes, en ocaciones citado muy temprano a trabajar y en otras saliendo hasta muy tarde de la oficina, sujeto a las ordenes de un jefe, pagando multas por retardos y con un sueldo fijo. Hace un mes que la empresa me dice que se ha terminado el trabajo para mi junto con otra persona que trabajo por medio año a ambos nos ofrecen 2 quincenas de liquidación. Preguntas:
1. Es justo que a la otra persona que trabajo medio año y yo que trabaje 5 años nos ofrezcan 2 quincenas de liquidación?
2. Tengo derecho a liquidación conforme a la ley?
3. Como puedo negociar con mi ex jefe mi liquidación, en base a que ???? cuando según él me dice que por le hecho de haber estado por honorarios no tengo derecho a una liquidación... la recibiría si hubiera estado por nómina.
LOs requisitos,para obtener los recibos por honorarios,y el tiempo q demora para la entrega.Gracias
digo q tu estas muy loco q estas mal de la cabeza mejor no escribas nada en la wed por q son puras gue...
Gracias por participar anastacio
me sacaron del trabajo por una error que cometi,,estuve trabajando 10 meses por recibos por honorarios y bueno lo quewria saber ess que si debiera recibir algun pago por dicho tiempo,hasta ahora nos e nada solo llamo ala empresa y no em dan informacion.rogaria saber si añlgun beneficio teendria o el pagopor servicios prestados ala compañia
Hola Luís: Cuando se trabaja por recibo por honorarios, el empleador solo está obligado a lo que abarca el contrato, si terminaste tu contrato y no te renovaron, no se tiene derecho a ningún beneficio, lamentablemente nuestra legislación desprotege al trabajador ante el empleador. El artículo 1764° del Código Civil establece que por la locación de servicios el locador se obliga, sin estar subordinado al comitente, a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución. Como fluye de las normas glosadas, el contrato de servicios no personales es un contrato de locación de servicios regulado en el artículo 1764° del Código Civil, en el que no media vínculo laboral alguno. Slds
una consulta por favor ,1. yo estoy en una empresa laborando casi 9 meses y no me pasan a planilla estoy en mi deber de exigirlo y al hacerlo tendria consecuencia para mi? 2. y si laboro al rededor de 1 año y deseo retirarme de la empresa donde trabajo emitiendo recibo por honorarios estoy en mi derecho de exigir mi liquidacion por tiempo de servicio?? Gracias por la respuesta a -> christian _jeri@hotmail.com
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Roberto Kleberg Felipe Matías |
también visita mi página Web: http://alladodelcamino.webnode.com/
Asesoría profesional; contable, tributaria y financiera. Para personas naturales y jurídicas.
Especialista en Proyectos de Inversión y Elaboración del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI)
Escríbeme: robertokfelipem7@gmail.com MSN : robertokfelipem@hotmail.com |
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robertofelipe
Aquí les trato de presentar la contabilidad de una manera integral, tratando de darle un mayor perfil social. Contáctenme en: Msn: robertokfelipem@hotmail.com Contador Público egresado de la UNHEVAL Estudios de periodismo en la U. Inca Garcilazo de la Vega. Cursando Maestría en Tributación y Auditoría en la U. de H
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